Cooperativas de trabajo
Las cooperativas de trabajo son una clase cooperativas de primer grado que tienen como fin la creación, mantenimiento o mejora de los puesto...
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Las cooperativas de trabajo son una clase cooperativas de primer grado que tienen como fin la creación, mantenimiento o mejora de los puestos de trabajo. Para ello se pone en común la organización y la producción de bienes o servicios.
Es por lo tanto un tipo de sociedad de marcado carácter social, casa socio tiene un voto con independencia de sus aportaciones al capital.
Órganos de gestión de la cooperativa.
Asamblea general. Es la reunión de los socios para deliberar y adoptar acuerdos sobre los asuntos que legal o estatutariamente sean de su competencia, vinculando las decisiones adoptadas a todos los socios. Fijará la política general de la cooperativa y le corresponden en exclusiva el examen de la gestión y de la aplicación de los excedentes o imputación de las pérdidas.
Consejo rector. Es un órgano colegiado del gobierno al que corresponde la alta gestión, la supervisión de los directores y la representación de la cooperativa.
El número de consejeros no podrá ser inferior a 3 ni superior a 15 debiendo existir un presidente, un vicepresidente, y un secretario, excepto en las cooperativas de 3 socios en las que no existirá vicepresidente, o una persona puede asumir varias funciones. Pueden existir cargos y suplentes, lo que se recojerá en los estatutos los consejeros serán elegidos por la asamblea general en votación secreta y por el mayor número de votos, por un periodo fijado de entre 3 y 6 años.
El número de consejeros no podrá ser inferior a 3 ni superior a 15 debiendo existir un presidente, un vicepresidente, y un secretario, excepto en las cooperativas de 3 socios en las que no existirá vicepresidente, o una persona puede asumir varias funciones. Pueden existir cargos y suplentes, lo que se recojerá en los estatutos los consejeros serán elegidos por la asamblea general en votación secreta y por el mayor número de votos, por un periodo fijado de entre 3 y 6 años.
Los interventores. Es el órgano de fiscalización de las cooperativas de la cooperativa. Podrá consultar y comprobar toda la documentación de la cooperativa y proceder a los beneficiarios que considere necesario. Su función es la reserva de las cuentas anuales y del informe de cuestión.