Ingreso al trabajo
Hay que partir de una libertad del empresario a la hora de contratar la mano de obra. Tal libertad es una de las facetas del principio de la...
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Hay que partir de una libertad del empresario a la hora de contratar la mano de obra. Tal libertad es una de las facetas del principio de la libertad de empresa. Al seleccionar a los trabajadores, el empresario no puede discriminar. De forma excepcional, las leyes obligan a contratar a un determinado porcentaje de trabajadores (por ejemplo, personas con discapacidad).
El ingreso al trabajo se lleva a cabo de cuatro formas:
- Contratación directa: El empresario selecciona directamente a los trabajadores de forma directa, aunque luego deba informar de la contratación a los servicios públicos de empleo.
- Contratación a través de la oficina pública de empleo: El empresario puede solicitar al servicio público de empleo que le auxilie en la búsqueda de los trabajadores.
- Contratación a través de una agencia privada de colocación: El empresario puede acudir a una agencia privada de colocación. Tales agencias deben disponer de una autorización administrativa, y no pueden tener fines lucrativos. La remuneración que reciban del empresario o del trabajador debe limitarse exclusivamente a los gastos originados por los servicios prestados.
- Empresa de trabajo temporal: El empresario puede acudir a una empresa de trabajo temporal, para que le suministre trabajadores.
En el momento de ingreso al trabajo, es necesario adscribir al trabajador a una categoría o grupo profesional, o a un nivel retributivo. Es frecuente establecer determinados pactos. Uno de gran importancia práctica es el llamado periodo de prueba. Es un periodo relativamente breve, durante el cual puede darse por terminador el contrato de trabajo sin alegar causa alguna. La duración del periodo de prueba debe establecerla el convenio colectivo. A falta de pacto, la ley fija una duración máxima de seis meses para los técnicos titulados, y de dos o tres meses para el resto de trabajadores, dependiendo de si la empresa tiene más o menos de veinticinco trabajadores.