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Suspensión de pagos y quiebra

En situaciones de insolvencia empresarial, por ejemplo cuando sus deudas exceden a los bienes y derechos susceptibles de valoración, para e...

En situaciones de insolvencia empresarial, por ejemplo cuando sus deudas exceden a los bienes y derechos susceptibles de valoración, para evitar el perjuicio de unos acreedores en beneficio de otros, se arbitran dos procedimientos:
  • La suspensión de pagos. Con la intervención de un juez se llega a un acuerdo con la entidad acreedora para demorar los pagos o incluso para reducirlos. La finalidad de la suspensión es por tanto permitir a la empresa que superen dificultades transitorias.
  • La quiebra. Es mucho más duro que lo anterior. Con la intervención de un juez y a petición del empresario o los acreedores, la empresa se liquida y se reparte el activo entre los acreedores proporcionalmente al número de derechos de cobro. Se puede calificar como, fortuita, culpable o fraudulenta; estas dos últimas implican responsabilidades penales.

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